jueves, 10 de febrero de 2011

Opinión: La Ley Sinde

Me presentaré: soy gatoscuro (con minúscula, no osaré creerme superior a singulares gatos) y este es mi primer post, espero que no el último, que publico gracias a la amable invitación a colaborar en su blog de que me ha hecho merecedor Iñaki. Intentaré no salirme mucho del carril y el espíritu del blog, a fin de no asustar demasiado a los lectores habituales con mis rollos “habituales”. Pero dejemos de chuparnos las pollas.

SI ME DICES SINDE LO DEJO TODO.

La Ley Sinde, o Disposición Adicional Segunda de la Ley de Economía Sostenible (nombre original y aún más horrísono que su mote) ha generado una increíble cantidad de comentarios, en los que todos parecen bien encuadrados en su correspondientes partidas, que no partidos; éstos, casi todos, son unánimemente sindistas, para mayor gloria de la casta. Se han dicho muchas tonterías, aunque para ser justos y equilibrados la mayor parte han sido proferidas por las “gentes de la Cultura” como ellos dicen en el lenguaje de su planeta, que yo traduzco sin cobrar royalties: la élite intelectual es lo que quieren decir. Ya saben, gigantes de la talla de Ramoncín y Bisbal o genios sin parangón como Alejandro Sanz. Pero no nos alejemos del núcleo de la cuestión, de sandeces que se repiten sin cuento y de cuentos que no se nos cuentan.

En cuanto a lo primero, la peregrina idea de que sin la existencia de la propiedad intelectual (“discutida y discutible” que diría nuestro Líder Máximo -ZP, no el emperador-) no existiría la creación cultural, dejarían de escribirse libros, filmarse películas y blablabla. Por supuesto, semejante aserto es una monumental estupidez sin ningún fundamento. Siglos de vigorosa y real creación cultural sin Sindes de por medio avalan justamente lo contrario. Los genios de verdad nunca han gozado ni han crecido al calorcito de la sobreprotección estatal. Eso sí, la producción cultural, por usar la jerga al uso, se reduciría considerablemente, a su justa medida, sin tanto mastuerzo escribiendo gilipolleces de 600 páginas ni películas que sólo ven sus familiares previamente narcotizados (y que pagamos entre todos, ojo). Por no hablar de la evanescente y absurda Idea de Cultura (leed El Mito de la Cultura, de Bueno), de las urgencias nacional-culturales que aquejan a notables universalistas antiimperialistas, o de la firme defensa del derecho de propiedad intelectual que enorgullece a destacados comunistas. Y me dejo en el tintero la ventaja comparativa que el creador de una idea (o una patente) posee sin necesidad de protección estatal y el desastroso estado de la industria cinematográfica española (sobre eso volveré si Iñaki me deja).

Pero también pecan de exceso los antisindistas, erigiéndose en guardianes de un nebuloso derecho a la libertad de expresión que no es atacado por la Ley Sinde. De eso ya se ocupan otros proyectos reaccionarios del Hijo del Viento, como la Ley de Igualdad de Trato o la futura ley que domeñará a los medios que generen crispación. Las web de descargas NO ejercen derecho alguno a la libertad de expresión o información, no transmiten ni menos aún crean, ideas pensamientos o informaciones. Se dispersa de esta manera la atención sobre lo esencial, sobre dos historias muy interesantes, dos relatos cortos que no de autor anónimo. A saber:

- El “Cuento Kafkiano”: La Ley Sinde es una bochornosa mierda jurídica, una bazofia legislativa casi sin precedentes. Voces más autorizadas que yo lo han dicho. Y su quid es muy sencillo de explicar. De toda la vida y para toda propiedad, su defensa y la resolución de los conflictos en torno a su sus límites es cosa de los Tribunales. Son ellos los que deciden si mi vecino ha arramplado con las lindes o me han violado la patente, o si me han hurtado el bolso, vaya. Eso cambia. Se atribuye, ahora, la decisión sobre la violación y la adopción de medidas (vulgo, cierre de webs) a un órgano administrativo, la Sección Segunda (SS) de la Comisión de Propiedad Intelectual; con dos cojones, rompiendo toda nuestra tradición jurídico-institucional, española y continental, y sin justificación alguna. Miento, la justificación es muy clara. Como los jueces han dicho por activa y por pasiva que no se pueden cerrar webs de enlaces conforme a la Ley de Propiedad Intelectual, pues que las cierre otro. Aviso a navegantes: si la SS cierra esas páginas contradiciendo TODA la jurisprudencia existente (civil y penal) estaría prevaricando. Y eso, desde que estudié, es delito.

- El “Cuento de la pernada”. No nos engañemos, este horror jurídico y político no es un salto en el vacío. Ya existen, desde hace tiempo, tres privilegios feudales, tres derechos de excepción, que nadie posee en nuestro ordenamiento jurídico, salvo las sociedades de gestión de derechos de autor, faltaría más:

1) Presunción de legitimación ad causam. Para que se entienda. Cuando la SGAE, por ejemplo, demanda a un bar por poner música con copyright, no tiene que acreditar que tenga la explotación de las obras musicales por las que reclama (y mira que sería sencillo, aportando copia de los contratos por los que los autores les ceden esos derechos) y que sonaban en el modesto bar, se le presume que las tiene todas. El resto del mundo, cuando va a un juzgado, tiene que demostrar las cosas y presentar los papelitos. Las sociedades de gestión no. Incluso si, por poner otro ejemplo, Alejandro Sanz me cede los derechos de explotación de su último disco y yo demando al bar en cuestión, tengo que demostrar que Alejandrico me ha cedido sus derechos. La SGAE y similares no. Y eso lo ha sancionado el Tribunal Constitucional, manda huevos.

2) Tributo exclusivo para un particular. Los tributos (impuestos, tasas y demás verduras) son de las Administraciones Públicas, ellas los crean y el dinero es para ellas. Los particulares no pueden crear y exigir el pago de tributos. Parece algo de sentido común, una perogrullada. Hasta el archiconocido canon. Por primera vez en nuestra historia se ha creado un impuesto en beneficio de una persona privada, las sociedades de gestión, para ellos solitos y que tenemos que pagar todos. Repito, el único caso y la única excepción en nuestra historia.

3) Capacidad de fiscalizar las cuentas de otras entidades de las que no forman parte. Si cualquier persona física o jurídica quiere auditar las cuentas de otra persona física o jurídica con la que no guarde relación contractual o societaria, tiene que irse a un juzgado y tener algún buen motivo. Y punto. Regla universal y de sentido común jurídico. De nuevo, la única excepción es...

¡Las sociedades de gestión! A estas deben rendirles cuentas trimestralmente las empresas que produzcan aparatejos canonizables. Por imperativo legal (art. 25.13 de la LPI).

Y colorín colorado, este artículo se ha acabado.

Autor: GATOSCURO (blog: NI AMOS NI ESCLAVOS).

4 comentarios:

  1. Muchas gracias por tu comentario y aportación, Doctor Freak.

    Efectivamente, se podría hablar largo y tendido sobre este asunto. Sólo dos datos: La SGAE, que se comporta como una mafia protegida por el Estado (ahora vas y me demandas, Teddy) se hace con 700 millones de euros al año, para que luego bajen las pensiones.

    El canon, en el colmo del servilismo y la estupidez, también lo pagan los Tribunales por los CD`s donde graban los juicios!!!!!

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  2. SI, DESDE LUEGO ES UNA VERGÜENZA. EN FIN..., ESPERO VERTE POR MI BLOG, MIENTRAS ESTA NOCHE ENLAZARE EL TUYO CON EL MIO. UN CORDIAL SALUDO Y QUE TU BLOG TENGA ,MUY BUENOS RESULTADOS, PUES ES BASTANTE INTERESANTE

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  3. A mi me trae tranquilo: en Francia, en dos años de Ley Hadoppi, ha aumentado la "piratería2 un 3%. Esto no va a servir para nada, y ya lo han dicho miles de piratas: en cuanto la Ley sea efectiva, habrá algo para pasársela por el forro, como ha ocurrido en otros países.

    El mercado ha cambiado, y es lo que hay. O cambian ellos, o desaparecen. Y mejor que desaparezcan.

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  4. Me encanta lo de "mafia protegida por el estado". Jajaja. Teddy "El Don" Bautista!!! Jajaja...

    Por cierto no lo dije antes pero, por supuesto, demandas, insultos y actos legales contra mi querido amigo en su blog, please. ;-)

    Jajaja...

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